Reseña Histórica

Creado por la Constitución Provincial, es uno de los “Organismos de la Constitución” de carácter permanente y tiene como misión fundamental la custodia de los Derechos Políticos, tanto de los ciudadanos como de los partidos; como así también la de los principios constitucionales y legales consagrados en materia electoral.

Funciona, en cumplimiento del mandato Constitucional, en el mismo edificio de la Honorable Cámara de Representantes de la Provincia de Misiones, ubicada en Calle Alberdi 690 de la Capital Provincial.

El Tribunal Electoral marca su inicio con el Acta celebrada el 19 de Noviembre de 1958, por el Dr. Julio César Alvarenga, en carácter de Presidente del Tribunal Electoral, miembro del Superior Tribunal de Justicia, y los Dres. Fernando Bergallo, Juez de Primera Instancia, e Ignacio Luis Bergallo -Fiscal Penal- Vocales y el Señor Horacio Bergallo, Secretario.
En las disposiciones de la Constitución de 1958, se establece en su articulado el régimen electoral de la Provincia de Misiones y determina en las cláusulas transitorias, artículo 5to., que el Superior Tribunal de Justicia procedería a integrar el Tribunal Electoral Provincial y que el mismo sería regido por el Decreto Ley Nacional N° 4034/57 hasta tanto se dicte la ley electoral.

A los dos días del mes de Septiembre del año 1959, se celebra el Acta N° 5, en la que se fijan las principales bases que regulan el ejercicio de éste Organismo Constitucional. Posteriormente se aprueba el proyecto de reglamentación, y se remite al Poder Ejecutivo a los fines de su tratamiento. Así, por Decreto Provincial N° 3630/59 emitido el 30 de Diciembre del año 1959, se reglamentan las disposiciones constitucionales en cuanto al funcionamiento del Tribunal Electoral, estableciendo en sus considerandos que el mismo se aplicará hasta tanto se dicte la Ley Electoral.

 

El 11 de Agosto de 1960, se sanciona la primera Ley Electoral N° 24, sufriendo en forma continua sucesivas reformas.
A partir del año 1967 hasta 1972 en cumplimiento de una ordenanza nacional, por Decreto Ley del Poder Ejecutivo Provincial N° 348/67 deja de funcionar el Tribunal Electoral ya que no tenía objeto su funcionamiento.
En el año 1972 se pone en funcionamiento nuevamente en vista de las próximas elecciones presidenciales.
Paralizándose nuevamente durante el proceso militar, 1976 hasta 1983. Retomando la vida institucional el 17 de Junio de 1983. Por lo que, se celebra cincuenta y cinco años del aniversario, desde la primer Acta de Acuerdo, celebrada el 19 de Noviembre de 1958; luego de sancionada la constitución de 1958; con el objeto de poner en funcionamiento éste Organismo y también, se conmemoran los treinta (30) años de actividad y funcionamiento ininterrumpidos, desde el Acta celebrada a los 17 días del mes de junio de 1983, Tribunal integrado en dicho momento por el Dr. Felipe Gamberale, Presidente, Dr. César Ernesto Cabral y Dr. Alberto José Saissac, Vocales, con sede en la calle Sarmiento 422, quienes fueran citados a los fines de la puesta en funcionamiento del Tribunal Electoral, se marca en dicho documento que se adopta el Reglamento del Poder Judicial y se fijan los horarios de ingreso y egreso del personal.

Desde 1958 a la fecha, se remarcan hechos de trascendencia electoral: la creación del Registro de Extranjeros; la adopción del Reglamento del Poder Judicial; en 1965 se sanciona la ley de partidos políticos 277, que fuera hoy día reemplazada por la Ley 4081 XI -7; la modificación del Art. 110 de la Constitución Provincial, creando el Consejo de la Magistratura; la reforma de la Constitución Nacional de 1994, la que modifica el sistema de elección indirecta por la elección directa (se deja de elegir por medio de colegios electorales, pasándose a elegir en forma directa a nuestros representantes); se sanciona la Ley 2771 que establece el régimen electoral de lemas provincial y municipal, suprimiéndose posteriormente el provincial, quedando vigente al día de la fecha únicamente el sistema de lemas municipal; se modifica el Art. 21 de la Constitución Provincial, incorporando un nuevo derecho constitucional, siendo este el del querellante particular; por último en la Ley Electoral -Ley XI N° 6-, se estableció la edad de dieciséis años para electores nacionales, siendo éste derecho facultativo e incorpora la digitalización del proceso electoral y con ello dispone la implementación electrónica en la emisión de sufragio y sistema de escrutinio, aplicándose por primera vez en la provincia el voto electrónico, creación de éste organismo, naciendo así VO.CO.MI.

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