Usted ha sido designado/a como Autoridad de Mesa. Un rol importante para nuestra democracia, en el cual deberá garantizar que los comicios se desarrollen de manera transparente y confiable.
El Tribunal Electoral confía en su eficiencia e imparcialidad para facilitar el ejercicio del sufragio y su cómputo ajustado a las normas vigentes.
Este instructivo tiene por objeto transmitirle los principales aspectos que debe conocer para llevar a cabo su tarea y resolver los problemas que pudieran surgirle durante el desarrollo del acto electoral.

Material de lectura obligatorio

IMPORTANTE

  • La credencial de autoridad de mesa es indispensable para operar la máquina Vo.Co.Mi., manténgala en un lugar seguro para evitar su extravío.
  • La máquina VOCOMI ya estará cargada con un rollo nuevo, para iniciar el proceso de votación.
  • INICIO DE LA MAQUINA DE VOCOMI VIDEO
INTEGRANTES DE LA MESA RECEPTORA DE VOTOS.

AUTORIDADES DE MESA: presidente y vicepresidentes, que lo asisten y sustituyen durante la jornada de votación.
PRESIDENTE DE MESA: ejerce sus funciones con absoluta independencia. Su misión es velar por el correcto y normal desarrollo del acto electoral. Es el responsable de la apertura, desarrollo y cierre de su mesa.
VICEPRESIDENTE 1ro DE LA MESA: es auxiliar del presidente. Lo reemplaza en todas sus funciones por ausencia temporal o definitiva, dejando constancia en el acta complementaria.
VICEPRESIDENTE 2do DE LA MESA: ante ausencia, reemplaza al presidente o vicepresidente 1ro. 

Fiscales: son los representantes de las agrupaciones políticas que participan. Deben acreditar su identidad ante las autoridades de la mesa con el documento de identidad y el poder que le otorga su agrupación política.
Delegados Electorales: son los representantes del Tribunal Electoral en el centro de votación. Su función es asistir a la autoridad de mesa en todo lo referente al acto electoral.
Personal asignado a la limpieza: se encargará de mantener la limpieza en los espacios comunes del centro de votación.
Comando Electoral: las fuerzas de seguridad nacional cumplen su función dentro del centro de votación y las fuerzas de seguridad provincial en forma externa. Las autoridades de mesa pueden solicitar su presencia para mantener el orden.

RECEPCIÓN DEL MATERIAL ELECTORAL 

A las 7hs. las autoridades de mesa se deben presentar en el establecimiento con el telegrama de designación y el documento de identidad.
Una vez que ingresa al centro de votación, el empleado del servicio del correo le hará entrega del material electoral dentro de la saca. Verificar que el número de la misma coincida con el número de la designación y que se encuentre correctamente precintada. 
PADRON DIGITAL VIDEO

VERIFICACIONES:
  • La correcta preparación de la mesa receptora de votos, con las sillas necesarias para que los integrantes puedan sentarse intercaladamente.
  • Que la mesa cuente con los elementos de bioseguridad necesarios para cumplir con el protocolo.
  • Que la mesa cuente con toda la cartelería (número de la mesa en la mesa y en la puerta del cuarto oscuro, disposiciones legales y delitos electorales, cartelería de bioseguridad.
  • Que las distancias obligatorias se encuentren señalizadas en el suelo para hacer la fila de espera.
  • Que los datos del telegrama de designación de los vicepresidentes de su mesa, coincidan con los datos del DNI de los mismos, evitando el traspaso de dichos documentos, de mano en mano.
  • Que los datos del poder de cada fiscal de su mesa, coincidan con los datos del DNI de los mismos y esté firmado por la autoridad partidaria, evitando el traspaso de los documentos, de mano en mano.

TIPOS DE VOTO VIDEOS

CLAUSURA DEL ACTO ELECTORAL: ESCRUTINIO Y CIERRE DE MESA

El acto eleccionario finalizará a las 18hs, se clausurará el acceso al establecimiento, pero continuará recibiendo el voto de los electores presentes que aguardan turno en su mesa.
ESCRUTINIO
A los fines de que todos tengan una visualización del conteo, se recomienda ir haciendo en un formato borrador para luego volcarlo al acta definitiva.
Abrir un sobre y registrar el voto, luego abrir el segundo sobre y registrar el voto, y así sucesivamente.

TÍTULO XVIII – ESCRUTINIO PROVISIONAL
ARTÍCULO 121.-Las autoridades del comicio no se pronuncian sobre la nulidad del voto aunque sea manifiesta, limitándose a incluirlo en la categoría del subinciso b) del presente artículo a resolución de la Junta Electoral.

DEVOLUCION DE MATERIAL ELECTORAL  VIDEO
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